Asistente virtual de WhatsApp para odontólogos en Colombia
Mi Recepcionista Virtual es un asistente virtual con IA que atiende por WhatsApp a los pacientes de consultorios odontológicos de Colombia: contesta a cualquier hora, ofrece los horarios libres, agenda las citas y las recuerda. Trabaja con la hora legal colombiana, trata los datos según la ley de Colombia y cuesta US$ 399 al mes.
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¿Cuánto cuesta cada mensaje de WhatsApp en Colombia y quién lo paga?
Colombia tiene mercado propio en la tabla de Meta, "Colombia", y lo que cuenta es el número que recibe el mensaje: si un consultorio de Medellín le escribe a un paciente con número extranjero, se cobra la tarifa del país de ese número.
| Mensaje del consultorio | Categoría de Meta | US$ por mensaje |
|---|---|---|
| Contestarle al paciente dentro de las 24 horas desde su último mensaje | Servicio | 0,0008 |
| Confirmar o recordar una cita, avisar que se liberó un horario | Utilidad | 0,0008 |
| Invitar a un control, pedir una reseña o mandar una promoción | Marketing | 0,0125 |
Para comparar, el mismo recordatorio a un número de México cuesta US$ 0,0085 y a uno de Chile US$ 0,0200. En cambio, una promoción vale muchas veces más que un recordatorio: US$ 0,0125 contra US$ 0,0008. Precios de la tabla que rige desde el 1 de octubre de 2026, leída el 4 de octubre de 2026; además, cada número tiene 1.000 respuestas de servicio gratis al mes. El consultorio no le paga nada de esto a Meta: Mi Recepcionista Virtual lo cubre con la cuota de US$ 399. Qué entra en cada categoría y las tarifas de otros países: la API de WhatsApp para clínicas.
¿Qué ley protege los datos de los pacientes en Colombia?
- Ley de protección de datos personales: la salud es dato sensible y pide autorización explícita del paciente (Ley 1581 de 2012, arts. 5 y 6).
- Historia clínica: documento privado, obligatorio y sometido a reserva (Resolución 1995 de 1999, art. 1).
- La vigila la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con su Delegatura para la Protección de Datos Personales (Ley 1581 de 2012, art. 19).
En el lenguaje de esa ley, el consultorio es el responsable del tratamiento y Mi Recepcionista Virtual, que procesa los mensajes y la agenda por cuenta de él, es el encargado. Para esa relación se exige Un contrato de transmisión con el alcance, lo que hace el encargado y sus obligaciones; el encargado tiene además deberes propios (Ley 1581, art. 18) (Decreto 1377 de 2013, art. 25). En qué servidores queda cada dato y qué modelo de IA lee los mensajes, en datos de pacientes.
¿Tiene que inscribir el consultorio sus bases de datos ante la SIC?
El Registro Nacional de Bases de Datos es el directorio público de las bases con datos personales que se tratan en el país; lo administra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), es de libre consulta y, para inscribir una base, hay que entregarle la política de tratamiento de la información (Ley 1581 de 2012, art. 25). Desde el Decreto 090 de 2018, la inscripción es obligatoria sólo para dos tipos de responsables (Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.26.1.2, con la redacción del Decreto 090 de 2018, art. 1):
- sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos totales de más de 100.000 UVT (Unidades de Valor Tributario)
- personas jurídicas de naturaleza pública
La lista no nombra a las personas naturales, así que el odontólogo que atiende y factura a su nombre no inscribe sus bases. Tampoco la sociedad cuyos activos no pasan ese tope. Si una clínica organizada como sociedad sí lo supera, la regla de tiempo es ésta: los plazos generales vencieron en 2018 y 2019; una base que se crea después se inscribe dentro de los dos meses siguientes a su creación (Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.26.3.1, con la redacción del Decreto 090 de 2018, art. 2).
La SIC lo explica igual en su página del registro: siguen obligadas las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos de más de 100 mil UVT y las entidades públicas. Quedar fuera del registro no saca al consultorio del resto de la ley: igual tiene que pedir y guardar la autorización de cada paciente, decirle para qué se usan sus datos y guardarlos con seguridad (Ley 1581 de 2012, art. 17, lits. b, c y d). La inscripción es del responsable, es decir, del consultorio, y se hace en el sistema de la SIC; Mi Recepcionista Virtual no inscribe bases en nombre de sus clientes.
Normas leídas el 4 de octubre de 2026 en el gestor normativo de Función Pública y en el sitio de la SIC (los links, en las fuentes).
¿Qué hora usa el sistema para un consultorio en Colombia?
Todo el país: UTC−5, que en la base de zonas horarias se llama America/Bogota.
La hora legal es una sola para todo el territorio y no cambia en ninguna época del año: la genera y la difunde el Instituto Nacional de Metrología (Decreto Ley 4175 de 2011, art. 6, num. 14, modificado por el Decreto 062 de 2021, art. 6, num. 17). Esa zona queda guardada en la ficha del consultorio desde el alta, y con ella el asistente sabe qué día es, qué horarios ya pasaron y a qué hora sale cada recordatorio.
¿Qué festivos pasan al lunes en Colombia?
La Ley 51 de 1983, art. 1, num. 2, traslada el descanso de estos festivos: 6 de enero, 19 de marzo, Ascensión del Señor, Corpus Christi, Sagrado Corazón de Jesús, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre y 11 de noviembre. La regla es una sola:
- Si cae lunes, se descansa ese mismo lunes
- Si cae de martes a sábado, el descanso pasa al lunes de la semana siguiente
- Si cae domingo, el descanso pasa al lunes del día siguiente
El descanso nunca va hacia atrás. En Uruguay, un feriado móvil que cae martes o miércoles se adelanta al lunes anterior; acá, un festivo de martes se descansa seis días después y uno de domingo, al día siguiente. Los demás no se mueven: 1 de enero, Jueves Santo, Viernes Santo, 1 de mayo, 20 de julio, 7 de agosto, 8 de diciembre y 25 de diciembre (Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1). Y en cuanto al sueldo, todos son descanso remunerado para los trabajadores públicos y privados, y se liquidan como el descanso del domingo, sin descuento por faltas (Ley 51 de 1983, arts. 1 y 2).
| Festivo | ¿Cuándo se descansa? | ¿Descanso pago? | Norma |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| 6 de enero | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 19 de marzo | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| Jueves Santo | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| Viernes Santo | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| 1 de mayo | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| Ascensión del Señor | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| Corpus Christi | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| Sagrado Corazón de Jesús | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 29 de junio | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 20 de julio | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| 7 de agosto | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| 15 de agosto | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 12 de octubre | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 1 de noviembre | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 11 de noviembre | Pasa al lunes siguiente | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, nums. 1 y 2 |
| 8 de diciembre | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
| 25 de diciembre | Queda en su fecha | Sí | Ley 51 de 1983, art. 1, num. 1 |
Los que en la tabla no tienen día ni mes cambian de fecha de un año a otro, así que conviene mirar el calendario del año antes de cargarlos.
¿Cómo marca el consultorio los festivos y los días sin atención?
El sistema no trae los festivos cargados. Cada día que el consultorio no atiende se marca en el panel como un bloqueo, con la fecha o un rango de fechas, las horas si cierra sólo una parte del día, el odontólogo si es uno solo el que falta y una nota con el motivo. Desde ese momento el asistente no ofrece citas en ese hueco.
Con un festivo trasladado, el bloqueo va en el lunes de descanso: si cae martes, ese martes es un día de trabajo y el que se cierra es el lunes siguiente. El horario habitual de cada profesional y de cada sede se arma aparte, en la grilla de la semana.
¿Quién más ofrece un asistente de WhatsApp para odontólogos en Colombia?
De los servicios que reúne la comparativa, 3 incluyen a Colombia entre sus países, y ahí está lo que publica cada uno y cuánto cobra.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto le cuesta a un consultorio colombiano cada recordatorio por WhatsApp?
Meta cobra US$ 0,0008 por recordatorio y US$ 0,0125 por mensaje de marketing a un número colombiano. Con Mi Recepcionista Virtual los dos van incluidos en la cuota mensual. Detalle en precios.
¿Un consultorio odontológico tiene que registrar su base de pacientes en la SIC?
Sólo en los dos casos que fija el Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.26.1.2, con la redacción del Decreto 090 de 2018, art. 1: sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos totales de más de 100.000 UVT (Unidades de Valor Tributario), o personas jurídicas de naturaleza pública. El odontólogo que trabaja como persona natural no está obligado, pero igual tiene que pedir la autorización de cada paciente.
Si un festivo cae jueves, ¿qué día cierra el consultorio?
Depende del festivo. Si es de los que trasladan el descanso (6 de enero, 19 de marzo, Ascensión del Señor, Corpus Christi, Sagrado Corazón de Jesús, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre y 11 de noviembre), el jueves se trabaja y se cierra el lunes siguiente. Los otros se cierran el mismo jueves.
¿Colombia tiene horario de verano?
No. La hora legal es UTC−5 todo el año, y un sistema que usa la zona America/Bogota no tiene que ajustar nada en ningún mes.
Para seguir leyendo
Fuentes
- Meta: precios de la plataforma de WhatsApp Business y tabla en dólares vigente desde el 1 de octubre de 2026 (en inglés), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Ley 1581 de 2012, de protección de datos personales (Función Pública), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Resolución 1995 de 1999, de la historia clínica (Ministerio de Salud), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Decreto 1377 de 2013, que reglamenta la Ley 1581 (Función Pública), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Hora legal de Colombia (Instituto Nacional de Metrología), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Hora legal para Colombia: la función del INM según el Decreto Ley 4175 de 2011 (INM), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Ley 51 de 1983, de los festivos que pasan al lunes (Función Pública), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Decreto 090 de 2018, de quiénes inscriben sus bases de datos y en qué plazo (Función Pública), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Registro Nacional de Bases de Datos (Superintendencia de Industria y Comercio), consultado el 4 de octubre de 2026.
- Ley 16.805 de Uruguay, de feriados que se corren al lunes, para la comparación (IMPO), consultado el 4 de octubre de 2026.